La FEF sancionará al estadio donde ocurran los incidentes (Reglamento)
La FEF reformó un par de artículos en su reglamento por una resolución del directorio. Habrá una prohibición de jugar en los estadios donde ocurran incidentes, tras el precedente que dejó la suspensión del estadio Monumental a Barcelona.
En resolución del directorio de la FEF, se decidió reformar una regla acerca de la suspensión de los estadios. Ahora, el escenario donde se den los incidentes que obliguen a suspenderlo, será el que reciba la sanción.
Parece algo lógico, pero esta resolución se debe a la sanción que recibió Barcelona, tras el encuentro ante Independiente del Valle, donde se lanzaron objetos al campo. La FEF decidió suspender el Monumental.
En la siguiente fecha, Barcelona jugó de local en el Atahualpa ante Olmedo, donde ocurrieron los incidentes. Allí nuevamente se suscitaron hechos que por poco derivan en una nueva suspensión.
Este caso no volverá a ocurrir puesto que la FEF decidió lo siguiente:
Artículo Primero: En el primer inciso del artículo 222 (antes 111) del Reglamento del Comité Ejecutivo de Fútbol Profesional, después de "jurisdicción más cercana", incorporar lo que sigue:
"pero en ningún caso en un estadio dentro de la jurisdicción de la asociación provincial de fútbol donde ocurrió la infracción".
Artículo Segundo: Esta resolución, que entrará en vigencia a partir de esta fecha infórmesela al próximo Congreso Ordinario de Fútbol.
En consecuencia el Art. 222 en mención queda de la siguiente manera:
Art. 222: Art. 222: El Comité Ejecutivo designará el estadio en el que debe actuar el club sancionado con la prohibición de jugar en su estadio como local, procurando que sea de la asociación más cercana, pero en ningún caso en un estadio de la jurisdicción de la asociación provincial de fútbol donde ocurrió la infracción.
La asociación a la que pertenece el club sancionado será responsable de la organización de la programación. Si durante el desarrollo de este partido se suscitan incidentes se estará a lo previsto en este reglamento.
En caso de que una asociación cediere su estadio como cancha neutral y ocurrieren infracciones sujetas a juzgamiento de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Comisión Disciplinaria, se impondrán todas las penas que correspondan, excepto las referentes de la asociación.
Si ocurriesen incidentes que ocasionaren daños materiales en el estadio, los clubes por partes iguales cubrirán el valor de los mismos. Sin embargo, si los daños fueran causados por aficionados, jugadores, cuerpo técnico o dirigentes de uno sólo de los clubes participantes, éste pagará la totalidad del perjuicio ocasionado".
En otra reforma, la FEF decidió imponer una multa de 100 salarios mínimos vitales a las asociaciones o clubes que no entreguen el video grabación de algún partido.