Se desistió de pedido de libertad de Vinicio Luna: "no hubo hecho que determine estar detenido ilegalmente" (Audio)

Tania Moreno Fiscal de la Provincia de Pichincha concedió una entrevista a varios medios entre los cuales se econtraban colegas de Radio Positiva. Moreno detalló que se negó el pedido de la denfensa que lleva el caso del Capitán Vinicio Luna por no encontrar hechos que determinen estar detenido ilegalmente, eliminando la posibilidad de que la defensa pueda aplicar el 'Habeas Corpus'.

 

En cuanto a porque la defensa de Vinicio Luna no se acogió al 'Habeas Corpus', es una garantía constitucional en la cual se tiene como fundamento esencial lo exige una persona que cree que está detenida injustamente o ilegalmente, cosidero en este momento que con su defensa técnica bajo el principio de voluntariedad el señor Luna esta en la capacidad de desistirlo, y si hubo una defensa técnica es porque no hubo ningún hecho que llegue a determinar que estaba detenido ilegalmente".    

 

Moreno explicó cuales eran las opciones que tenía el acusado, "si el consideraba que el puede ver que estaba detenido ilegalmente, al manifestar esto creo que el señor libre y voluntariamentea se sometió procedimiento abreviado, en la cual por ese contro que hace los jueces determinaba que había una sentencia motivada por eso la jueza lo sentenció a un año".

 

[entrevista=414030,ancho=275,flotar=izq]Sobre la posibilidad de que la audiencia sea repetida por no haber sido concluida debido a la renuncua del juez que llevaba el caso, "al no haber concludio ese tramite se debería declarar la nulidad de la audiencia, volver a hacer la audienica bajo el pedido que ha hecho la defensa del señor Luna, en este caso se pediría una libertad de tipo semi-abierta que es le pedido que se había solicitado, el juez que remplace al Dr Raul Salgado analizará si se complen los requisitos y de ser el caso se hará uso a la petición que hace la defensa".

 

Respecto al procedimiento abreviado al que se acogió Luna, "el procedimiento abreviado dentro del código se establece a que puede acogerse si se cumplen requisitos, en este caso se estabalece que se podrá aplicar mientras la pena no pase más de 10 años, no se tratan de delitos de violencia de género o de delitos en contra la administración pública, de lo que tengo es que  el señor Luna fue sentenciado ya por un delito de lavado de activos"

 

Finalmente Moreno explicó cuales son los beneficios al acogerse a esa modalidad, "al someterse a soluciones alternativas de los procesos, el beneficio es una rebaja de penas y esta debe ser acorde a no a la Fiscalía ni al Juez".